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Inicio agudo de condiciones preexistentes - Cubierto hasta $50,000 o $150,000 (dependiendo del máximo de la póliza seleccionado) para personas menores de 70 años

El seguro de visitantes Beacon International ofrecerá cobertura del inicio agudo de condiciones preexistentes para personas menores de 70 años en circunstancias limitadas y hasta una cantidad limitada, como se describe a continuación.

Para comprender la cobertura del inicio agudo de condiciones preexistentes, es importante comprender las condiciones preexistentes.

Condición preexistente

Cualquier enfermedad, lesión o desorden mental o nervioso que, con una certeza médica razonable, existió en o en cualquier momento antes de la Fecha Efectiva de Cobertura, si se ha manifestado o no previamente o sintomático, diagnosticado, tratado o revelado en la Aplicación o en cualquier otro formulario de reclamo o de otra forma, el cual incluiría cualquier complicación crónica, subsecuente o recurrente, o consecuencias asociadas con lo mismo o presentándose o resultando de ahí.

Inicio agudo de una condición preexistente

Un brote inesperado o una recurrencia de una condición preexistente que ocurre de forma inesperada y sin previo aviso, en la forma de una recomendación de un médico o de síntomas que han llevado a una persona prudente a buscar atención médica antes del brote o recurrencia. Debe recibirse tratamiento en las veinticuatro (24) horas siguientes al momento en que se produjo la ocurrencia repentina e inesperada del dolor.

Si usted tiene menos de 70 años:

  • Usted puede estar cubierto hasta el sublímite de $150,000 para estos límites máximos comprados - $550,000 o $1,100,000.
  • Para los límites máximos comprados entre $60,000 y $200,000, puede estar cubierto por un sub-límite de $50,000.

La evacuación médica de emergencia tiene un sublímite de $25,000, y solo está disponible para miembros participantes menores de 70 años.

Condiciones y restricciones

El brote o recurrencia aguda e inesperada de una condición o condiciones preexistentes, que ocurre de forma inesperada y sin previo aviso en forma de recomendación del médico o síntomas (que habrían inducido a una persona prudente a buscar consejo, atención o tratamiento médicos), es de corta duración, progresa rápidamente y requiere atención urgente. El inicio agudo de una condición o condiciones preexistentes debe ocurrir después de la fecha de entrada en vigor de la prueba de seguro, de la entrada en vigor de la cobertura o de la entrada en vigor del seguro. El tratamiento del inicio agudo de una condición preexistente debe obtenerse en las veinticuatro (24) horas posteriores al brote o recurrencia agudo o inesperado. Una condición preexistente que sea crónica o congénita o que gradualmente empeore con el tiempo no se considerará un "inicio agudo de una condición preexistente". El inicio agudo de una condición preexistente no incluye cobertura de atención médica conocida, programada, requerida o esperada, medicamentos o tratamiento existente y necesario anterior a la fecha de entrada en vigor de la prueba de seguro, de la fecha de entrada en vigor de la cobertura o de la fecha de entrada en vigor del seguro. El inicio agudo de una condición preexistente no incluye tratamiento después de la estabilización inicial de una prestación cubierto o elegible para el "inicio agudo de una condición prexistente".

Cualquier enfermedad, lesión, trastorno mental o nervioso, afección, condición, o cualquier otra dolencia para la que se haya recomendado o recibido consejo médico, diagnostico, atención o tratamiento (que incluiría por ejemplo recibir servicios y suministros, consultas, pruebas de diagnóstico o medicamentos con receta) durante los 730 días anteriores a la fecha de entrada en vigor de la cobertura, la fecha de entrada en vigor de la prueba del seguro, o la fecha de entrada en vigor del seguro; cualquier condición que se manifieste (ya fuera conocida o desconocida) de tal manera que haría que una persona prudente buscase atención médica, tratamiento, consejo, diagnóstico o atención que con certeza médica razonable existiera en el momento de la aplicación o en los 730 días anteriores a la fecha de entrada en vigor de la cobertura o a la fecha de entrada en vigor del seguro. A efectos de la cobertura de complicaciones del embarazo ofrecidas aquí, el embarazo no entrará en la definición de una condición preexistente.

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